Redes sociales y el formulario DS-160
Hay bastante información confusa dando vueltas sobre este tema. La realidad es que no todos los solicitantes tienen las mismas obligaciones — y la diferencia entre «declarar tus redes» y «tenerlas en público» es justo lo que genera más dudas. Aquí te lo explicamos claro.
Aquí te contamos lo que necesitas saber sobre este requisito y cómo cumplirlo correctamente.
Lo que aplica a TODOS los solicitantes (desde 2019)
Desde 2019, cualquier persona que solicite una visa de no inmigrante para EE.UU. —incluida la visa de turismo B1/B2— debe declarar en el formulario DS-160:
- Nombres de usuario de redes sociales: utilizados en los últimos cinco años (Facebook, Instagram, X/Twitter, LinkedIn, TikTok, YouTube, y plataformas regionales como WeChat, entre otras).
- Correos electrónicos y números telefónicos: Deberás listar todas las direcciones de correo y teléfonos que hayas usado en los últimos cinco años.
- Historial de viajes y empleo: También se solicita información sobre tus viajes internacionales previos y empleos recientes.
Esto no significa que debas poner tus redes en modo público — solo que debes declarar los nombres de usuario con veracidad.
Lo que cambia SOLO para visas de estudio e intercambio (F, M, J)
Desde junio de 2025, el Departamento de Estado exige un paso adicional, pero únicamente a solicitantes de visas F (estudiante académico), M (estudiante técnico/vocacional) y J (visitante de intercambio):
- Deben configurar sus perfiles de redes sociales en modo público durante todo el proceso de solicitud, para que el oficial consular pueda revisar el contenido directamente.
- No se les exige compartir contraseñas ni dar acceso a mensajes privados.
Si tu trámite es de turismo, negocios o tránsito (B1/B2, C), este requisito de «modo público» no te aplica. Solo debes declarar tus usuarios como lo has hecho siempre — no necesitas cambiar la privacidad de tus cuentas.
Tabla rápida: ¿qué te corresponde según tu visa?
| Requisito | Turismo/Negocios (B1/B2) | Estudios/Intercambio (F, M, J) |
|---|---|---|
| Declarar usuarios de redes sociales | ✅ Obligatorio | ✅ Obligatorio |
| Poner perfiles en modo público | ❌ No aplica | ✅ Obligatorio |
¿Por qué importa esta información, aplique o no el modo público?
El Departamento de Estado usa esta información para:
- Verificar coherencia entre lo declarado en el DS-160 y tu actividad pública (aunque tu perfil no sea público, cualquier contenido visible puede ser revisado).
- Identificar posibles señales de riesgo o inconsistencias en tu historial.
Ocultar cuentas activas o dar información incompleta puede derivar en retrasos, negación de la visa, o incluso inhabilitación para futuras solicitudes.
Consejos prácticos
- Declara todas tus cuentas, incluso las que ya no usas activamente, si las usaste en los últimos cinco años.
- Revisa la coherencia entre lo que declaras (empleo, viajes, datos personales) y lo que es públicamente visible en tus redes.
- Si tu trámite es F, M o J, verifica la configuración de privacidad de cada plataforma antes de tu cita — no solo la principal.
- Evita publicaciones que puedan malinterpretarse durante el periodo de tu trámite, sin importar el tipo de visa.
- Si además vas a llenar el DS-160 por primera vez, revisa también nuestra guía de errores comunes al llenar el DS-160 para evitar otros problemas frecuentes.
Preguntas Frecuentes
- ¿Si solicito una visa de turismo (B1/B2), tengo que poner mis redes en público? No. Ese requisito aplica solo a visas F, M y J. Para turismo solo debes declarar tus nombres de usuario en el DS-160, como se exige desde 2019.
- ¿Qué pasa si mis redes ya eran privadas y solicito una visa F, M o J? Debes cambiarlas a público durante el proceso de solicitud, según el requisito vigente desde junio de 2025.
- ¿Me pueden pedir la contraseña de mis redes sociales? No. El requisito es declarar los nombres de usuario (y, para F/M/J, tener el perfil público), pero no se solicitan contraseñas ni acceso a mensajes privados.
- ¿Esto aplica también a la visa de Canadá? No, este requisito es específico del proceso consular de Estados Unidos.
Cualquier inconsistencia o contenido que sugiera actividades ilegales, vínculos con grupos extremistas o intención de quedarse en EE.UU. más allá del tiempo permitido, podría ser motivo de negación de la visa.
¿Por qué hacer tu trámite con CAV Visas?
Cada tipo de visa tiene reglas distintas, y aplicar el requisito equivocado (o pasarlo por alto) puede generar demoras innecesarias. En CAV Visas te orientamos según tu caso específico — turismo, estudios o intercambio — para que sepas exactamente qué te corresponde antes de tu cita.
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